EL DERECHO ESPACIAL, PRINCIPIOS, BASES Y LA INDUSTRIA ESPACIAL.
¿Qué es el Derecho Ultraterrestre o Espacial?
Definición
El Derecho Espacial lo constituyen un conjunto de normas reglas y principios orientadas a regular las actividades de los Estados, las Organizaciones Gubernamentales, las Organizaciones no Gubernamentales, las Organizaciones Gubernamentales Interestatales, las empresas privadas y los Particulares respecto a la Exploración, Explotación y Uso, del Espacio Ultraterrestre, la Luna y otros Cuerpos Celestes con fines Pacíficos, con el objeto de asegurar una utilización de forma equitativa, afianzar y estrechar lazos de cooperación entre los diversos actores que desarrollan actividades en el cosmos, fijar las respectivas responsabilidades que puedan resultar por las actividades desarrolladas, prevenir la indebida utilización de este entorno, garantizar la propiedad de los objetos enviados, su individualización así como la seguridad jurídica del personal a bordo de estos, acceso a todas las secciones del cosmos y procurar el desarrollo del sector espacial forma sostenible y sustentable en todos los niveles.
Ahora bien, un concepto adaptado a la realidad actual y futuro de esta rama del derecho y el futuro de la industria espacial sería: Un conjunto de normas subjetivas y adjetivas, orientadas a regular las relaciones de los diversos actores en materia espacial, en sus relaciones en el Espacio ultraterrestre, los cuerpos celestes y, en el planeta tierra, cuando las actividad en cuestión guarde relación directa con las actividades en el espacio ultraterrestre o los cuerpos celestes.
Siendo entonces el Derecho Espacial, el medio por el cual se regulan las actividades de la humanidad fuera de nuestro planeta.
Bases
El Derecho Ultraterrestre en la actualidad se encuentra inmerso dentro del Derecho Internacional Público, su base lo conforman una serie de Políticas, Tratados, Principios, Acuerdos y Declaraciones.
Su coordinación y dirección la ejerce la ONU, por medio de la Comisión Sobre la Utilización del Espacio Ultraterrestre con fines Pacíficos (COPUOS), esta comisión fue constituida como un comité adhod en 1958, pero en1959 se decide otorgar carácter permanente. Desde entonces ha coordinado todos los aspectos políticos y legislativos de esta área.
Como se menciona anteriormente, esta rama del Derecho está inmersa dentro del Derecho Internacional público, pero hay partidarios de su autonomía, cuestión que en un futuro será posible, debido a que las necesidades propias del sector van a requerir ser adaptadas a normas y políticas inherentes a la condición única de su medio ambiente, las cuales solo pueden ser desarrolladas por medio de su unificación y, no de forma aislada como sucede hoy día.
Principios
Sus principios están inmersos dentro de 2 instrumentos legislativos, ellos son la Declaración de los Principios Jurídicos que deben regir las actividades de los Estados en la Exploración y Utilización del Espacio Ultraterrestre y el Tratado sobre los principios que deben regir las actividades de los Estados en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes
La primera, aunque no es una norma vinculante, desarrolla una serie de principios que hoy día imperan en las actividades desarrolladas en sector espacial, estos son:
- El uso del Espacio debe hacerse en provecho e interés de toda la humanidad.
- El espacio ultraterrestre podrá ser libremente utilizado por todos los Estados en condición de igualdad y de conformidad con el derecho internacional.
- El espacio ultraterrestre y los cuerpos celestes no podrán ser objeto de apropiación nacional mediante reivindicación de soberanía, mediante el uso y la ocupación, ni de ninguna otra manera.
- En las actividades desarrolladas, debe prevalecer la observancia de la legislación internacional y la Carta de las Naciones Unidas, en procura del mantenimiento de la paz y la cooperación.
- El Derecho Ultraterrestre Nacional como medio para organizar a los diversos actores bajo las normas de un Estado.
- La cooperación y asistencia como pilar fundamental en las relaciones de los Estados y, el derecho a protestar las actividades contrarias a los principios reguladores.
- Extensión de soberanía para los objetos enviados al espacio, seguridad jurídica de seres vivos enviados al cosmos y obligación de registro de los objetos espaciales.
- Responsabilidad en caso de daños causados por actividades espaciales.
- Los Astronautas como “enviados de la Humanidad”
El segundo es considerado “La Constitución del Espacio”, es el único Tratado internacional relativo a las actividades de la humanidad en el cosmos vinculante, por cuanto ha sido firmado y ratificado por gran parte de los Estados miembros de la ONU, su contenido cuenta más de 50 años, fue desarrollado con extrema cautela razón por la cual tiene grandes lagunas.
Ahora bien, su articulado está basado en los 9 principios de la Declaración del 63, esto debido a que desde el año 1958 se realizaron diversos estudios, mesas de trabajo y consultas internacionales que dieron espacio por medio de consenso a estos principios. El texto completo del tratado disponible en:
https://derechoultraterretre.blogspot.com/2018/02/comentarios-al-tratado-sobre-los.html
En la actualidad, las relaciones en el cosmos, se desarrollan haciendo énfasis en estos principios, en lugar de a normas específicas para cada actividad.
Principios Que Emergen De La Naturaleza Propia Del Sector
- Las normas relacionadas directa o indirectamente con el sector espacial, deben procurar en la medida de lo posible, no interferir con el desarrollo de la ciencia.
- Todos normas sobre el sector deben ser físicamente posibles.
- Los principios y supuestos de hecho deben obedecer a la naturaleza del sector para la cual son elaboradas.
- La salvaguarda de los todos los ecosistemas del Espacio ultraterrestre y los cuerpos celestes.
- La no contaminación del Espacio Ultraterrestre y los Cuerpos Celestes
- Adecuación de la ciencia a las normas jurídicas.
Derecho Ultraterrestre Nacional
El Derecho Ultraterrestre Nacional lo constituyen el conjunto de normas, reglas y principios, que la legislación internacional difiere para ser desarrolladas por los Estados dentro de su territorio, estos constituyen aspectos donde priva la soberanía y orden interno.
Entre ellos se encuentra la permisología requerida por parte de las empresas privadas para explorar o utilizar el cosmos, pudiendo entonces hacer referencia a la existencia de un Derecho Administrativo Espacial; dentro de estas normas podemos también hacer referencia a aquellas destinadas a las personas que se encuentran en Objetos Espaciales, ya que al encontrase en un entorno y condiciones específicas, ameritan estar bajo normas que obedezcan a esa naturaleza, y así sucesivamente sucede con todas las actividades del hombre en el cosmos, impulsando la adaptación de las Ramas del Derecho existentes al sector espacial en un futuro cercano. Otro ejemplo sería el “Derecho Penal Espacial”, el cual regularía las acciones o omisiones realizadas en el cosmos que causaren perjuicio a las personas o bienes, bajo condiciones que solo puedan darse en este medio ambiente.
Sobre Las Normas Y Políticas Internacionales
Las normas y políticas relacionadas con la exploración, explotación y utilización del cosmos en el ámbito internacional, son desarrolladas por medio de la COPUOS.
Para el caso de Las Normas, todas presentan grandes vacíos legislativos, mora e inadecuación entre la realidad del entorno y los postulados establecidos. Si bien han intentado ordenar y coordinar las actividades desarrolladas fuera de nuestro planeta, los resultados no han sido los esperados, esto debido a que cada Estado interpreta la norma a su beneficio toda vez que requiere servirse de ella, y en otros casos siquiera las toman en cuenta.
Ahora bien, debido a la importancia que está cobrando este sector, no solo a nivel económico, sino para el desenvolvimiento diario de las actividades de los habitantes de nuestro planeta, es muy probable que en los próximos años la inobservancia de las normas vinculadas al tema espacial aumente considerablemente, si no se toman las medidas necesarias, las cuales están sujetas al compromiso de los diversos actores para implementarlas.
Debido al escenario descrito, las Políticas Internacionales han cobrado una importancia considerable, están siendo el único medio para lograr organizar el cosmos bajo ciertos parámetros, no obstante, la implementación de estos parámetros dependerá de quien los impulsa y la cantidad de aliados que tenga, por ejemplo, las medidas implementadas por Los Estados Unidos, tienen una gran importancia para sus aliados, o para quienes desean serlo, por cuanto, para que una empresa constituida bajo las leyes de EEUU pueda utilizar una plataforma de lanzamiento ajena a este país, deberá esta cumplir con ciertos parámetro, y como sucedió con Brasil hace unos años, luego de no aceptar implementar estos parámetros en su estación espacial Alcántara bajo la administración de Lula, no logro abrirse en el mercado estadounidense de lanzamientos, pero ahora bajo la administración de Bolsonaro, Brasil está siendo más abierto a las condiciones norteamericanas para lograr adentrarse en el mercado de lanzamiento de ese país.
Por ello las políticas e intereses juegan un papel crucial en el orden del sector espacial hoy día, más allá de la observancia de una serie de normas, se encuentra las alianzas y cooperación internacional en pro del desarrollo de la industria espacial y su dominio.
La Industria Espacial
La industria espacial está conformada por una serie elementos entrelazadas con la finalidad de desarrollar actividades en el cosmos, entre estos destacan: servicios, transformación de materia, consumo, extracción, entre otras, pudiendo estos ser desarrollados en nuestro planeta, el espacio ultraterrestre o algún cuerpo celeste.
En la actualidad cada actividad desarrollada por la humanidad puede ser llevada al campo espacial, por ejemplo, la exploración y extracción de minerales, turismo, transformación de materia, manufactura, servicios de asesoría, solo por mencionar algunas de las actividades que hoy día se desarrollan o están muy cerca de desarrollar en el espacio ultraterrestre y los cuerpos celestes.
Los Estados Toman Su Lugar En Las Actividades Desarrolladas En El Cosmos
Hace medio siglo, el espacio ultraterrestre, la luna y otros cuerpos celestes, solo estaban a la disposición de determinados Estados que contaban con un desarrollo científico y técnico suficiente en materia espacial para llegar a ellos, motivo por el cual los Estados que no contaban con este desarrollo, las empresas privadas y los particulares no tenían una participación importante en este sector.
Ahora bien, las empresas privadas solo participaban de forma indirecta en la industria, como proveedores de materiales, servicios, asistencia técnica, entre otros, pero conforme fueron pasando los años, la empresa privada fue tomando el lugar que le corresponde, hasta lograr configurarse como el eje principal de la industria espacial, permitiendo a los Estados desarrollar su actividad natural, la administración.
La empresa privada como actor principal, logro democratizar el acceso al cosmos, facilitándole a los Estados con poco o escaso desarrollo técnico, científico y económico el acceso al espacio y los cuerpos celeste; hoy día es muy sencillo emplazar un satélite en cualquiera de sus categorías, basta adquirir uno de la gama y configuración deseada, para luego comprar un espacio en un lanzamiento compartido y, en poco tiempo se estará en el espacio.
Pero esto va mucho más allá de lo pensado, el costo de un “CubeSat” puede ser incluso inferior a los 5.000 USD, un costo relativamente bajo, que posibilita el ingreso a la órbita terrestre a gran cantidad de Estados, organizaciones, empresas y particulares, impulsando un aumento en la oferta y demanda de estos y otros productos y servicios de la industria espacial.
En este contexto de constante crecimiento y fácil acceso, uno de los principales flagelos, es la contaminación por medio de desechos, debido a que todos los objetos artificiales que son posicionados en la órbita terrestre tienen una vida útil limitada, y una vez que esta cesa, los desechos están destinados a desplazarse sin rumbo ni utilidad por el espacio ultraterrestre, ocasionando colisiones, daños a objetos espaciales operativos y, descensos inesperados a nuestro planeta.
Conclusión
El derecho Ultraterrestre está constituido por una serie de políticas, normas y principios inherentes a los intereses propios del sector espacial, siendo predominante para su organización hoy día, las políticas que obedecen a los intereses de los principales actores en el sector, quienes en procura del desarrollo de su industria espacial y superioridad sobre los demás actores, establecen políticas propias destinadas a propiciar un orden internacional e interno favorable a su desenvolvimiento dentro de la industria.
Por consiguiente, es necesario que se evalúen las necesidades propias del sector, para así configurar una serie de políticas normas y principios adaptadas las necesidades y realidad del sector, donde todos los actores de la industria espacial tengan una participación activa, y estas sean la Genesis de todas las actividades de la humanidad en el espacio ultraterrestre y los cuerpos celestes, para garantizar el desarrollo sostenible y sustentable de este y evitar futuros conflictos, debido a conflicto de intereses.
El espacio ultraterrestre ha demostrado ser un medio importante para el desarrollo de los Estados y el comercio mundial, en solo pocas décadas hemos sido testigos de un crecimiento increíble de esta área, es necesario entonces impulsar su utilización de forma más eficiente, y hacer uso de la cooperación internacional para que países con pocos o escasos recursos, puedan ver en el espacio un medio para su desarrollo y el de su población, no solo en lo económico, sino también en lo científico, social, político entre otros aspecto que contribuirán en gran medida para lograr los 17 objetivos de desarrollo sostenible para el año 2030.
Sobre el autor: José Godinho Uzcátegui, Abogado, Especialista en Derecho Espacial, Derecho Comercial y Propiedad Intelectual, Miembro de SGAC, Asesor de la Asamblea Nacional de Venezuela en Materia de Derecho Espacial, Miembro del Comité Normalizador de SENCAMER encargado de redactar las normas COVENIN (equivalente a las ISO en Venezuela), en Materia Aeroespacial, Conferencista en Foros Venezolanos e Enternacionales, Artículista en kibseek.com, Autor de Libros y Artículos Sobre el Derecho Espacial. Perfil de Linkedin https://www.linkedin.com/today/author/jose-godihno-space-law